La inteligencia artificial está transformando la creación de contenidos, y se está aplicando ya tanto a textos como a obras artísticas. Pero ¿quién es el verdadero autor cuando una máquina genera algo? El debate no es nuevo, pues la antigua paradoja del barco de Teseo ya cuestionaba la autenticidad de un objeto si se cambian todas sus partes. En la actualidad, es la IA la que nos lleva a preguntarnos cuánto debe transformarse una obra para dejar de ser «copia» y convertirse en algo nuevo.
La respuesta es compleja, y depende también de la cultura en que nos encontremos. Por ejemplo, en países como China, donde desde antiguo se valora la imitación como proceso de aprendizaje y homenaje al autor en el que además se añaden a menudo elementos innovadores que no pertenecían a la obra original, un fenómeno con nombre propio conocido como shānzhài (山寨). También en Japón se puede observar el caso del éxito de Nintendo, que a menudo apuesta por el reaprovechamiento de tecnología ya desarrollada para otros campos. Pese a que las respuestas sobre derechos de autor puedan ser más flexibles, no por ello están libres de discusión y los tribunales también niegan derechos de autor a obras generadas enteramente por algoritmos (Wang, 2023).
Zonas grises: ¿plagio o reinvención?
Con o sin IA de por medio, entre el plagio, el homenaje, la inspiración y la reinvención es fácil encontrar zonas grises y fronteras difusas. En líneas generales, el primero es la copia sin transformación y sin atribución de autoría, mientras que los otros tres pasan por reconocer haber tomado como base ideas ajenas al autor y haber añadido algo propio, original. Para que además se considere que es algo nuevo, la transformación debe haber sido significativa.

El reciente auge de IA que generan imágenes al estilo de Studio Ghibli es un excelente ejemplo sobre el que reflexionar: ¿es plagio o reinterpretación algorítmica? La diferencia con la recontextualización que lleva a cabo Nintendo radica en la falta de intención creativa de la IA, que se limita a hacer un reprocesamiento estadístico de las obras producidas por el estudio de Miyazaki, en muchos, si no en todos los casos, sin el consentimiento previo del mismo para usar esos datos como material de entrenamiento.
Esto nos lleva al ámbito legal. Por una parte, el desafío radica en determinar cuándo hay suficiente transformación. Como señala Tanaka et al. (2024), la pregunta no es solo «¿quién creó?», sino «¿qué valor añadido existe?», pero también se debe tener en cuenta el uso que se hace de ese contenido que, aunque esté disponible en internet de manera gratuita, no debería usarse con fines lucrativos sin el debido reconocimiento y valoración. Si bien en algunos casos dicho contenido está sujeto a distintos tipos de licencias respecto a su transformación y comercialización, en muchos otros aún constituye un punto ciego a nivel legal.
La línea entre lo robado y lo reinventado sigue siendo difusa; como señala Martínez (2023), «un algoritmo puede generar un retrato en estilo picassiano, pero no decide homenajear al artista». La sentencia del caso analizado por Cheng (2022), negó los derechos de autor a una obra creada por IA, por requerir autoría humana, similar a lo que ocurrió en el caso que analiza Wang (2023), en el que se enfatizó la necesidad de la intervención humana para protección legal.
Soluciones para una era híbrida
En el momento en el que nos encontramos, lo importante es reflexionar sobre si puede realmente hablarse de reinvención sin comprensión cultural ni intención artística, además de sobre la ética de usar ciertos datos para entrenar a un modelo sin permiso expreso de los autores.
Si se toma como premisa el que, cual barco de Teseo con maderas nuevas, la IA reconstruye en lugar de copiar, se hacen necesarios modelos legales adaptados. Algunas sugerencias incluyen:
- Licencias por capas, que distingan el aporte humano del automatizado.
- Patentes de aplicación, que protejan los usos innovadores de tecnologías existentes, como ha hecho Nintendo.
- Etiquetado de aportes para clarificar si un contenido es humano, colaborativo o 100% algorítmico.
- Registro de fuentes, para hacer un seguimiento de cómo se transforman los datos originales.
- Un sistema de dominio público acelerado, como propone Yamamoto (2023), que ofrezca protección de corto periodo para obras de IA que no tienen autor en sentido tradicional.
El barco de Teseo navega ahora en aguas digitales y aunque existen ejemplos de cómo la reinvención puede ser tan valiosa como creación desde cero, La inteligencia artificial desafía claramente las nociones de autoría y originalidad y nos lleva a reflexionar y adaptar marcos éticos y legales. La pregunta, realmente, es cómo atribuir valor (y cuánto) a lo que nace de un proceso distinto.

Referencias
Chen, Y. (2022). The concept of originality in the copyright issue of AI-generated works in China. Queen Mary University of London.
Martínez, L. (2023). Difuminando fronteras: cómo la IA redefine la propiedad artística. ResearchGate.
Tanaka, K., et al. (2024). La percepción humana de las creaciones de IA. Springer.
Wang, H. (2023). Derechos de autor en obras generadas por IA: el fallo judicial chino. Law.asia.
Yamamoto, T. (2023). Los nuevos desafíos de la IA y el copyright. Allatanys.jp.